El urbanismo, como otras ciencias, es una herramienta de la que dispone una sociedad para ordenar las acciones colectivas y garantizar, de alguna manera, los derechos individuales; o que al menos el ejercicio de ciertos derechos individuales no se imponga sobre otros.
En nombre del urbanismo se ha avanzado muchas veces sobre los derechos individuales en pos de los beneficios colectivos. Éstos muchas veces no llegan a ser tan colectivos ya sea por un mal diagnóstico de la intervención urbana, por bases teóricas inconsistentes o simplemente por no develar los verdaderos objetivos de dicha acción.
Por ejemplo las expropiaciones para la apertura de avenidas, autopistas o edificios públicos son los casos más visibles de este avance sobre lo individual, pero existen otros instrumentos usados por la planificación urbana como son los que se agrupan bajo el nombre de códigos de urbanización.
En este último tiempo han sido noticia los derrumbes de viviendas aledañas a construcciones de edificios de altura en barrios donde antes los códigos no contemplaban dichas construcciones. Más allá de estos incidentes el ejemplo busca mostrar como un sector urbano con características, cualidades y calidades establecidas ve como violenta e irreversiblemente se modifica su paisaje pero además como ciertos derechos individuales como la privacidad son restringidos.
Obviamente que también existen beneficios como la suba de los valores de los terrenos pero es una ventaja que sólo puede ser aprovechada si el propietario en cuestión decide vender.
Otro punto es el condicionamiento al uso de suelo que un habitante urbano se ve sometido por los patrones de asentamientos que rigen para un área cuando éstos no responden a un análisis preciso y a una propuesta poco flexible en su implementación.
Generalmente sucede cuando a una ciudad o sector de la misma se le quiere dar una imagen con ciertas características de uniformidad paisajística sin tener en cuenta por ejemplo el cariz socio económico de la población, lo que desemboca en constantes infracciones a dichas ordenanzas no sólo en los aspectos de ocupación del suelo sino incluso a los formales, como pueden ser el uso cuasi obligatorio de ciertos materiales.
Los centros urbanos con preponderancia del turismo como actividad económica son fieles testigos de esta situación donde los códigos de urbanismo responden a las demandas de cualidades paisajísticas ejercidas por esta actividad (bajos factores de ocupación del suelo, retiros, espacios verdes mínimos, etc.) y las extienden en todo el ejido urbano, incluso en aquellas zonas residenciales de bajos recursos donde el eficaz uso del suelo debe estar antes que cualquier otra requisitoria. Si pensamos que generalmente a medida que la ciudad crece aumentan los precios de los terrenos, el individuo se ve obligado a recurrir a áreas cada vez más periféricas y de esta manera sus derechos al acceso a los servicios básicos se ven comprometidos y debe recurrir al alquiler de viviendas que están dentro del área central pero a precios prohibitivos o amoldarse a situaciones de apiñamiento y falta de privacidad.


