Somos conscientes de que la iniciativa de unificar el Código Civil y el Comercial (que remitiera el Poder Ejecutivo Nacional en forma de proyecto) no se ha limitado a la unificación de ambos códigos sino también a corregir una ambigua indexación legislativa, suprimiendo numerosas normas que habían quedado sin vigencia.
El resultado que traduce el contenido del Mensaje del Poder Ejecutivo Nacional, hoy proyecto en tratamiento por la Cámara de Diputados, es satisfactorio en numerosos aspectos; como las fuentes y aplicación, la incorporación de la vigencia de los tratados internacionales, las pautas trazadas por la Convención de Viena en su artículo 27, los Tratados de Integración con países latinoamericanos y no latinoamericanos y la nueva atribución conferida a las provincias para suscribir tratados internacionales con otros países. Pero también son valiosos los nuevos criterios de interpretación que hacen referencia a la literalidad, finalidad, referencia a leyes análogas, la buena fe y los principios de razonabilidad y legalidad.
Entendemos que los criterios interpretativos, adoptados por la nueva unificación, mejoran sustancialmente las pautas fijadas en la actual codificación. Para FADEA la disposición del artículo 14 que refiere a la “legitimación frente a derechos de incidencia colectiva”, habilita la posibilidad de que las federaciones impulsemos, en defensa de nuestros matriculados, todas aquellas medidas que sean necesarias para proteger el ejercicio profesional de los mismos.
Sin embargo, en la reunión que hemos mantenido en mayo de 2012 en Mendoza (con la participación y representación de todas y cada una de las provincias y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires) hemos llegado a la conclusión de que sería positivo para este importante proyecto legal, contribuir con los legisladores en la redacción de determinadas normas que a nuestro juicio no son suficientemente claras y que su hipotética vigencia implicará contrariar los fines propuestos en el proyecto de unificación; lesionando derechos esenciales del profesional en el ámbito de la construcción, por ausencia de precisiones y ante el desconocimiento que desnuda el Mensaje, de tareas específicas de la construcción y sus alcances.
La propuesta que elaboraron los arquitectos argentinos, con la colaboración de los asesores jurídicos de cada uno de los distritos de las diferentes provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, mejora la redacción de algunas disposiciones propuestas e individualizan la tarea profesional determinando para cada una de ellas una responsabilidad acotada y diferenciada, evitando la amplitud que el Código Civil de Vélez Sarsfield trazó para un país tan diferente al actual y con un sistema constructivo manifiestamente distinto.



